Garantías
NUESTRA GARANTÍA DE ALQUILER
Para quiénes?
- Trabajadores públicos y privados
- Trabajadores independientes
- Jubilados y pensionistas de todas las Cajas
- Empresas
Otros beneficios
- Precalificación en el día
- La garantía más rápida del mercado (en 48 horas, máximo)
- Puedes sumar los ingresos de tu núcleo familiar
- Trámites no presenciales
- Costos competitivos
- Facilidad de pago (retención de salarios, jubilaciones y pensiones)
- Depósitos o transferencias bancarias para trabajadores independientes
- Beneficios de afiliación a Comag
ANDA
Para utilizar el servicio de garantía de alquiler, debe:- Ser socio de la Institución.
- Ser mayor de 18 años.
- Obtener asesoramiento en cualquiera de las dependencias de ANDA
- Presentar la cédula de identidad vigente.
- Presentar recibo de sueldo, pasividad o constancia de ingresos.
- Retirar formulario a ser completado por NUESTRA INMOBILIARIA.
- Una vez llenado, deberá presentarlo en oficinas de Anda.
- Una vez que se confirme la afiliación, el inicio del trámite es inmediato.
- A través del servicio de garantía , ANDA se compromete a pagar el alquiler de su casa.
Puede iniciar la solicitud de Garantía de Alquiler, simplemente presentando el Formulario de Inicio de Tramite completo que le entregamos en nuestra Inmobiliaria en cualquiera de los locales de Anda
Contaduría Gral. de la Nación
Quienes pueden hacer uso de la Garantía Estatal?- Funcionarios públicos con más de un año de antigüedad.
- Jubilados y pensionistas.
- Empleados u obreros permanentes de personas públicas no estatales, con más de 2 años de antigüedad.
- Empleados u obreros permanentes de empleadores privados inscriptos en el Registro del Servicio de Garantía de Alquileres, con más de 2 años de antigüedad (Art. 165 Ley 18.362). (Listado Empresas Privadas).
- Los beneficiarios del Convenio con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
- Los beneficiarios del Convenio con el BPS (Art. 105 de la Ley 17.930).
- Para los arrendamientos vinculados con lo convenios suscriptos con el MVOTMA y el BPS, el límite del alquiler lo determinan dichas instituciones, emitiendo la correspondiente documentación.
- Para los arrendamientos vinculados con ingresos susceptibles de descuento, el alquiler no podrá superar el 50% de los ingresos nominales percibidos por cualquier concepto por el beneficiario, siempre que los mismos sean fijos y se cobren periódicamente. El líquido afectable de los ingresos deberá cubrir el monto del alquiler.
- En este último caso, el alquiler podrá alcanzar hasta un 70% de los ingresos nominales percibido, cuando se cuente con otros ingresos pasibles de retención del solicitante o de integrantes del grupo habitacional, siempre y cuando el monto del alquiler pueda ser descontado del líquido afectable del arrendatario.
- Cuando hay acuerdo entre las partes, existe la posibilidad de firmar un contrato de alquiler por un monto mayor al que es posible descontar al inquilino, según los topes descriptos en los puntos anteriores (contrato afianzado). El acuerdo de partes implica el pago directo por parte del inquilino al propietario del importe que excede el valor del alquiler que descontará el SGA.
- Si una de las partes es menor de 18 años, se deberá solicitar información complementaria.
Para comenzar el trámite solicite la información en nuestra oficina, con gusto lo asesoraremos.
MVOTMA
Requisitos- El/los titulares deben ser mayores de 18 años con ingresos laborales sostenidos con un mínimo de 3 meses de continuidad
- El núcleo de convivencia debe contar con un minimo de ingreso líquido formal de 15 UR y un máximo de 100 UR (ya sean trabajadores dependientes o independientes)
- No ser propietario de bienes inmuebles en el mismo departamento en que se solicita la garantía
- El monto máximo para el alquiler es de 18 UR y 21 UR si se trata de una vivienda promovida
- No ser adjudicatario de ninguna otra garantia proporcionada por el Estado ni de empresas con convenio con la Contaduria General de la Nación.
- Estar libre de operaciones incumplidas en el Clearing de Informes y de embargos. Quienes tengan menos de 4 incumplimientos en el Clearing de Informes deben realizar la refinanciación de cada uno.
- Tanto el inquilino como el propietario deben abonar una comisión mensual a la CGN del 3% del valor del alquiler.
- Cédula de identidad de todos los integrantes del núcleo familiar
- Recibos de sueldos de los últimos 3 meses
- En caso de ser trabajador independiente presentar certificado de contador público (ingresos líquidos formales)
- En caso de ser trabajador informal presentar declaración jurada de escribano público
- En caso de percibir asignación familiar, pensión, jubilación o retención judicial, presentar recibos del último mes
- Si se perciben becas estudiantiles (Fondo de Solidiaridad o Bienestar Universitario, presentar constancia y último recibo
- Egresos. Presentar todas las facturas del último mes de los gastos fijos del hogar: tarjeta de crédito (estado de cuenta y comprobante de pago), facturas de UTE, ANTEL, telefonia móvil, internet
- Historia Laboral Nominada expedida por BPS de todos los mayores de 18 años del núcleo familiar. La historia laboral debe solicitarse previa agenda en BPS o a través de www.bps.gub.uy
- En caso de ser viudo presentar certificado de defunción del cónyuge. Si es divorciado, presentar sentencia de divorcio
- Presentar el Certificado de libre de deuda de CGN
- Para la renovación de esta garantía se debe estar libre de deuda de alquiler y gastos complementarios.
- Solicita entrevista en forma telefónica a través del 0800 46427 para Montevideo y Canelones y en la Agencia Nacional de Vivienda para el resto del país
- Preséntate en las oficinas del MVOT en el día y la hora agendada para la entrevista, con la documentación necesaria
- Si se cumplen los requisitos, se te comunicará el monto garantizado y se te otorgará un Certificado de Garantía de Alquiler
- Al momento de autorizarse la garantía se debe realizar por única vez un depósito que equivale al 24% del monto de la garantía
Para la renovación de esta garantía se debe estar libre de deuda.
Porto Seguro
La garantía de Alquiler de Porto Seguro para casa, Apartamento o local comercial provee al inquilino de la garantía necesaria y asegura al propietario el cobro del alquiler en caso de incumplimiento por parte del arrendatario.
Para el Inquilino es una opción accesible con una tramitación en tan solo 48hs y con independencia de un fiador solidario.
Para el Propietario es un sistema sin costo alguno que cuenta con amplia cobertura jurídica.
Por mas información con gusto lo atenderemos en nuestra oficina.